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Real Decreto Nº 149/2021 - Por el que se regula el programa de ayudas para la realización de actuaciones de eficiencia energética en explotaciones agropecuarias y se acuerda la concesión directa de las ayudas de este programa a las comunidades autónomas.

Pays/Territoire
Espagne
Type du document
Règlement
Date
2021
Source
FAO, FAOLEX
Source d'origine
Boletín Oficial del Estado Nº 59, 10 de marzo de 2021.
Sujet
Agriculture et développement rural, Énergie
Mot clé
Éco-produits/processus écologique Subvention/incitation Collectivité locale Irrigation Questions de procédures Fonds spécial Conservation de l'énergie/production de l'énergie
Aire géographique
Europe, Europe et Asie Centrale, Pays de l'Union Européenne, Méditerranée, Atlantique Nord, Atlantique du Nord-Est, Europe du Sud
Entry into force notes
Este programa estará en vigor desde el día siguiente al de la publicación de este real decreto en el "Boletín Oficial del Estado" hasta el 31 de diciembre de 2023.
Résumé

Este real decreto tiene por objeto la aprobación del programa de ayudas para la realización de actuaciones de eficiencia energética en explotaciones agropecuarias, regular la concesión directa, con carácter extraordinario, y por razones de interés público, social y económico, de ayudas a las comunidades autónomas, así como su distribución y entrega, en las cuantías y términos que figuran en el anexo III. Asimismo establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del programa de ayudas para la realización de actuaciones de eficiencia energética en explotaciones agropecuarias a sus destinatarios últimos, cuya finalidad es reducir el consumo de energía final en el sector agrícola para cumplir con los objetivos fijados por el artículo 7 de la Directiva 2012/27/UE. Serán beneficiarias directas de las ayudas previstas en este real decreto las comunidades autónomas relacionadas en el anexo III de este real decreto, que deberán destinar el importe de las mismas a los sujetos que se enumeran en el artículo 11. El programa está dotado con una cuantía inicial de 30.000.000 euros. El artículo 13 establece las actuaciones subvencionables.

Texte intégral
Espagnol
Site web
www.boe.es