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Real Decreto 1159/2021, de 28 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 907/2007, de 6 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Planificación Hidrológica.

Pays/Territoire
Espagne
Type du document
Règlement
Date
2021
Source
FAO, FAOLEX
Source d'origine
Boletín Oficial del Estado Nº 312, 29 de diciembre de 2021.
Sujet
Eau
Mot clé
Gestion des resources en eau douce Politique/planification Gouvernance Changement de climat Procédures judiciaires/procédures administratives Utilisation durable
Aire géographique
Europe, Europe et Asie Centrale, Pays de l'Union Européenne, Méditerranée, Atlantique Nord, Atlantique du Nord-Est, Europe du Sud
Résumé

El presente Real Decreto modifica el Reglamento de la Planificación Hidrológica, aprobado por el Real Decreto 907/2007, de 6 de julio, con la finalidad primordial de regular los contenidos y los mecanismos de elaboración y aprobación de los nuevos planes hidrológicos. Este real decreto introduce una serie de mejoras que se focalizan en dos aspectos muy concretos: la configuración de los terceros planes hidrológicos, que debieran ser aprobados a finales de 2021, y la revisión de los planes especiales de sequía, que deberá abordarse entre 2022 y 2024. Respecto a los requisitos de los planes hidrológicos, las mejoras que se incorporan están orientadas hacia cinco materias: a) Consideración del cambio climático en la planificación hidrológica: las obligaciones a este respecto se han visto enriquecidas con la aprobación de la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética que, entre otros contenidos, dedica su artículo 19 a la consideración del cambio climático en la planificación y gestión del agua; b) Acotación y armonización de los contenidos normativos de los planes hidrológicos: la conveniencia de establecer criterios comunes que garanticen la unidad y coherencia normativa en todo el territorio; c) Actualización de los requisitos de publicación y notificación a la Unión Europea de los planes hidrológicos y demás información asociada: son requisitos que han evolucionado conforme al progreso en el ámbito de las tecnologías de la información y las comunicaciones, distanciándose de lo previsto en la redacción que a estas cuestiones se dio en el texto original del Reglamento de la Planificación Hidrológica en 2007; d) Organización y documentación de los programas de medidas a impulsar por las diversas administraciones competentes: se introducen aclaraciones tanto en lo que se refiere a instrumentos normativos que se introducen con los planes hidrológicos como respecto a actuaciones específicas con presupuesto de inversión asociado; e) Refuerzo de los requisitos para justificar exenciones al logro de los objetivos ambientales: en especial cuando es de aplicación la previsión referida al caso de promover nuevas modificaciones de las características físicas de las masas de agua.

Texte intégral
Espagnol
Site web
www.boe.es

Références - Législation

Amende

Real Decreto Nº 907/2007 - Reglamento de la planificación hidrológica. Texto consolidado.

Législation | Espagne | 2007 (2021)

Mot clé: Politique/planification, Eaux usées/déversement, Normes de qualité de l'eau, Lutte contre la pollution, EIA, Préservation de l'écosystème, Substances dangereuses, Déchets dangereux, Procédures judiciaires/procédures administratives, Institution, Normes environnementales, Bassin/captage/bassin versant, Pollution des eaux douces, Eaux continentales, Normes, Protection de l’environnement

Source: FAO, FAOLEX