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Orden TED/920/2023, de 18 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones de la Fundación Biodiversidad, F.S.P., en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de la economía azul y el impulso de la sostenibilidad pesquera y acuícola, cofinanciadas por el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura.

Pays/Territoire
Espagne
Type du document
Règlement
Date
2023
Source
FAO, FAOLEX
Source d'origine
Boletín Oficial del Estado Nº 183, 2 de agosto de 2023.
Sujet
Pêche
Mot clé
Pêche maritime Aquaculture Mariculture Procédures judiciaires/procédures administratives Fonds spécial Engins de pêche/méthodes de pêche Gestion et conservation des pêches Biodiversité Subvention/incitation Recherche
Aire géographique
Europe, Europe et Asie Centrale, Pays de l'Union Européenne, Méditerranée, Atlantique Nord, Atlantique du Nord-Est, Europe du Sud
Entry into force notes
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Résumé

El objeto de esta orden es el establecimiento de las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, del Programa Pleamar, gestionado por la Fundación Biodiversidad FSP (en adelante FB) en el marco de su labor como Organismo Intermedio del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (en adelante FEMPA) tal y como se recoge en el Programa Operativo Español del FEMPA (en adelante POFEMPA). La finalidad de este Programa Pleamar es apoyar al sector pesquero y acuícola en su apuesta por la sostenibilidad a través del fomento a la investigación científica y técnica y a la innovación, así como reforzar su compromiso con la protección, conservación y restauración del patrimonio natural y la biodiversidad, favoreciendo la inclusión de políticas y acciones conducentes a la reducción de las brechas de género y la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. Así mismo, se deberá tener en cuenta la accesibilidad universal para las personas con discapacidad, por razón del objeto de las operaciones a desarrollar que se especificarán en cada una de las convocatorias. Los proyectos deben aportar características innovadoras o de desarrollo experimental (al menos en el ámbito de actuación del proyecto), que deberán acreditarse en la fase de solicitud, tal y como se prevé en el apartado 11 del documento de Criterios para la selección de operaciones aprobado por el Comité de Seguimiento del FEMPA, (en adelante CSFEMPA). Los proyectos deberán incorporar, en todos los casos, un elemento de novedad o de mejora sustancial.

Texte intégral
Espagnol
Site web
www.boe.es