Orden de 17 de febrero de 1998 - Pesca de túnidos en el océano Atlántico al norte de 36° norte. Pays/Territoire Espagne Type du document Règlement Date 1998 Source FAO, FAOLEX Source d'origine Boletín Oficial del Estado Nº 49, 26 de febrero de 1998, págs. 6722 y 6723. Sujet Pêche Mot clé Pêche maritime Poissons marins Zone de pêche Volume admissible de captures Collecte de données/déclarations Gestion et conservation des pêches Aire géographique Europe, Europe et Asie Centrale, Pays de l'Union Européenne, Méditerranée, Atlantique Nord, Atlantique du Nord-Est, Europe du Sud Résumé La presente Orden, que consta de 5 artículos, 2 disposiciones finales y 1 anexo, tiene por objeto regular la pesquería de atún rojo (Thunnus thynnus) y atún blanco (Thunnus alalunga), efectuada por los buques españoles en aguas cubiertas por el Consejo Internacional para la Explotación del Mar (CIEM) del océano Atlántico al norte del 360 norte, en aguas bajo soberanía o jurisdicción de los Estados miembros de la Unión Europea y en aguas internacionales (art. 1º). Las entidades asociativas o cada armador individual, propondrán un plan parcial de pesca ante la Dirección General de Recursos Pesqueros antes del 15 de mayo de cada año (art. 2º). El armador del buque o entidad asociativa deberán: a) remitir partes de periodicidad mensual sobre días de actividad por zona de esfuerzo y capturas por especies y zonas de pesca; b) remitir una declaración de desembarque en la que consten cantidades de túnidos, diferencias por especies, formas de presentación y áreas de captura (art. 5º). Texte intégral Espagnol