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NOMEM-002-SARH3-1994: Procedimientos, criterios y especificaciones para realizar el aprovechamiento, transporte y almacenamiento de tierra de monte.

Pays/Territoire
Mexique
Type du document
Règlement
Date
1994
Source
FAO, FAOLEX
Source d'origine
Diario Oficial de la Federación Nº 13, 20 de diciembre de 1994, pág. 12.
Sujet
Plantes cultivées
Mot clé
Engrais/nutriments Normes Procédures judiciaires/procédures administratives Conservation du sol/amélioration du sol Production végétale
Aire géographique
Amériques, Amérique Centrale, Pacifique du Est, Amérique latine et Caraïbes, Atlantique Nord, Pacifique Nord, Pacifique du Nord-Est
Entry into force notes
Al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y tendrá una vigencia de seis meses.
Résumé

La presente Norma Oficial Mexicana de Emergencia establece los procedimientos, criterios y especificaciones para realizar el aprovechamiento, transporte y almacenamiento de tierra de monte. La presente Norma es de observancia general en todo el territorio nacional y tiene por objeto establecer los procedimientos, criterios y especificaciones técnicas y administrativas para el aprovechamiento sostenible, transporte y almacenamiento de tierra de monte. Se entiende por bancos de tierra de monte aquellos sitios donde el suelo disponible para su aprovechamiento tiene un metro de espesor o más, originado por la acumulación y descomposición de material orgánico y mineral, transportado por la escorrentía superficial. Para realizar el aprovechamiento de tierra de monte, el dueño o poseedor del predio correspondiente deberá presentar por escrito una solicitud de autorización ante la Delegación de la Secretaría en la entidad federativa que corresponda. La elaboración del estudio técnico justificativo y el control técnico del aprovechamiento, serán responsabilidad de un profesional inscrito en el Registro Forestal Nacional, que deberá cumplir con los requisitos establecidos en la legislación vigente para los prestadores de servicios técnicos forestales, debiendo ser contratado por el dueño o poseedor del predio. El titular de la autorización deberá presentar a la Delegación de la Secretaría un informe mensual avalado por el responsable técnico, respecto del cumplimiento de lo especificado en el estudio técnico justificativo, indicando a su vez las cantidades aprovechadas.

Texte intégral
Espagnol