Ley reglamentaria del artículo 9º de la Constitución Política del Estado, sobre los derechos y la cultura indígena. Pays/Territoire Mexique Sous-division territoriale San Luis Potosí Type du document Législation Date 2003 (2010) Source FAO, FAOLEX Source d'origine Periódico Oficial del Estado de San Luis Potosí, 13 de Septiembre de 2003. Sujet Terre et sols, Espèces sauvages et écosystèmes Mot clé Peuples autochtones Régime foncier Gestion communautaire Genre Développement durable Utilisation durable Aire géographique Amériques, Amérique Centrale, Pacifique du Est, Amérique latine et Caraïbes, Atlantique Nord, Pacifique Nord, Pacifique du Nord-Est Résumé La presente Ley es reglamentaria del artículo 9º de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, y tiene por objeto garantizar a las comunidades integrantes de los pueblos indígenas y a sus habitantes el ejercicio de sus formas específicas de organización comunitaria y de gobierno propio; y el respeto y desarrollo de sus culturas, creencias, conocimientos, lenguas, usos, costumbres, medicina tradicional y recursos; así como el reconocimiento de sus derechos históricos. Cabe destacar las disposiciones relativas al uso sustentable de los recursos naturales (arts. 43-47). La Ley dispone que las comunidades indígenas gozarán del derecho preferente al uso y disfrute de los recursos naturales y turísticos disponibles en sus tierras, en el marco de las competencias y acuerdos de colaboración entre los distintos órdenes de gobierno, así como de la legislación federal y estatal de la materia. Por otro lado la Ley reconoce que la organización de las comunidades indígenas en cuanto a la tenencia de la tierra puede ser de carácter ejidal, comunal o privado (art. 8º). Texte intégral Espagnol Site web www.stjslp.gob.mx Références - Législation Implementé par Ley de Consulta Indígena para el Estado y Municipios de San Luis Potosí. Législation | Mexique | 2010 (2012) Mot clé: Peuples autochtones, Régime foncier, Gestion communautaire Source: FAO, FAOLEX