Ley Nº 8.610 - Crea la Comisión Ecológica Permanente Calamuchitana (C.E.P.C.). Pays/Territoire Argentine Type du document Législation Date 1997 Source FAO, FAOLEX Sujet Environnement gén., Forêts, Eau Mot clé Institution Préservation de l'écosystème Protection de l'habitat Éducation Boisement/reboisement Gestion forestière/conservation des forêts Pollution des eaux douces Lutte contre la pollution Aire géographique Amériques, Amérique latine et Caraïbes, Amérique du Sud, Atlantique Sud Résumé Se crea la Comisión Ecológica Permanente Calamuchitana (C.E.P.C.), teniendo como objetivo el desarrollo de políticas destinadas a la preservación del medio ambiente en la zona delimitada en el artículo 1º, al fin de, entre otras finalidades: a) promover y desarrollar la recuperación de la vida animal y vegetal silvestre; b) prevenir la contaminación de los recursos hídricos; c) posibilitar nuevas expectativas en las actividades familiares con vistas a obtener mayores ingresos con el uso racional y controlado de los recursos de la zona; d) promover y colaborar en la elaboración de los códigos ecológicos y urbanísticos propios en cada municipio y comuna; e) incentivar la forestación pública y privada; y f) todo aquello que tienda a conservar y resguardar el patrimonio natural de la zona, a través de una intensa tarea educativa. Texte intégral Espagnol