Ley Nº 697 - Créanse Reservas Faunísticas. Pays/Territoire Argentine Sous-division territoriale Chubut Type du document Législation Date 1967 Source FAO, FAOLEX Sujet Espèces sauvages et écosystèmes Mot clé Aire protégée Préservation de l'écosystème Protection de l'habitat Faune sauvage Flore sauvage Aire géographique Amériques, Amérique latine et Caraïbes, Amérique du Sud, Atlantique Sud Résumé En virtud de la presente Ley se crean las Reservas Faunísticas Provinciales de Punta Norte, Isla de los Pájaros y Punta Loma, con el fin de alcanzar los siguientes objetivos : a) conservar y proteger en ellas a la naturaleza en todos los aspectos de su flora y fauna, en sus especies o manifestaciones autóctonas; b) procurar su vuelta al grado prístino en todos aquellos casos de que factores extraños la hayan modificado y hacerlos accesibles al hombre, con fines científicos o turísticos bajo las condiciones que establezca la reglamentación. Las propiedades particulares o parte de ellas comprendidas dentro de los perímetros de las Reservas Faunísticas Provinciales son declaradas de interés y utilidad pública, quedando el Ejecutivo facultado para iniciar juicio de expropiación o de traspaso de dominio sobre ellas. Texte intégral Espagnol Site web www.legischubut2.gov.ar