Ley Nº 3.258 - Ley de las comunidades indígenas. Pays/Territoire Argentine Sous-division territoriale Chaco Type du document Législation Date 1987 Source FAO, FAOLEX Source d'origine Boletín Oficial de la Provincia del Chaco, 5 de junio de 1987. Sujet Alimentation et nutrition, Terre et sols, Eau Mot clé Santé publique Droit à l'alimentation Droits de l'homme Peuples autochtones Propriété commune Régime foncier Eau potable Droit à l'eau Approvisionnement en eau Aire géographique Amériques, Amérique latine et Caraïbes, Amérique du Sud, Atlantique Sud Résumé La presente Ley tiene por objetivo primordial el mejoramiento de las condiciones de vida de las comunidades indígenas, mediante su acceso a la propiedad de la tierra y la asignación de los recursos necesarios para reactivar sus economías, la preservación, defensa y revalorización de su patrimonio cultural, su desarrollo social y su efectiva participación en el quehacer provincial y nacional. En especial la Ley dispone la adjudicación en propiedad a las comunidades indígenas existentes en la Provincia de tierras aptas y suficientes para la explotación agropecuaria, forestal, minera, industrial o artesanal, según las modalidades propias de cada comunidad. Las tierras deberán estar situadas en el lugar donde habita la comunidad o, en caso necesario, en las zonas próximas más aptas para su desarrollo. Por otro lado la Ley busca asegurar a las comunidades indígenas condiciones de vida y vivienda dignas, incluyendo el acceso al agua potable, y llevando a cabo planes de saneamiento ambiental. Texte intégral Espagnol Références - Législation Implementé par Decreto Nº 2.749 – Reglamenta parcialmente la Ley Nº 3.258, Ley de las comunidades indígenas. Législation | Argentine | 1987 Mot clé: Peuples autochtones, Propriété commune, Régime foncier Source: FAO, FAOLEX