Ley Nº 3.076 - Regulación de los recursos hídricos, cursos de agua y medio ambiente. Pays/Territoire Argentine Sous-division territoriale Neuquén Type du document Législation Date 2017 Source FAO, FAOLEX Sujet Eau Mot clé Bassin/captage/bassin versant Risques Système d'alerte précoce Préservation de l'écosystème Eaux usées/déversement Pollution des eaux douces Institution Eau de pluie Lutte contre la pollution Eaux continentales Aire géographique Amériques, Amérique latine et Caraïbes, Amérique du Sud, Atlantique Sud Résumé Por la presente Ley se declara, por un plazo de cinco años, la alerta hídrico-ambiental en los cursos y cuerpos de agua, y acuíferos existentes en la Provincia de Neuquén. El objeto es, en primer lugar, prevenir, vigilar, corregir y evitar la contaminación de aguas provocada, a los sistemas hídricos y sus respectivos ecosistemas, por los distintos focos de aporte, cualquiera sea la causa que los origine; en segundo lugar, se busca mitigar o detener procesos de desequilibrio de estructuras ambientales y degradaciones en zonas en alerta y sus áreas de influencia dentro de la Provincia. Como regla general, los titulares responsables de focos emisores de contaminantes de los recursos hídricos declarados en alerta, cualquiera sea su naturaleza, deben respetar los niveles de emisión y los indicadores ambientales. En todos los casos, se les debe exigir instalen sistemas de tratamiento o adopten medidas correctivas que aseguren la reducción del vertido de contaminación a los valores exigidos por la legislación vigente, y restauren los recursos que se vean afectados (art. 12). Se crea el Comité de Alerta Hídrico-Ambiental. Texte intégral Espagnol Site web www.saij.gob.ar