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Ley Nº 30550 - Ley que modifica el Código Civil con la finalidad de incorporar en las Resoluciones Judiciales sobre pensiones alimentarias el criterio del aporte por trabajo doméstico no remunerado.

Pays/Territoire
Pérou
Type du document
Législation
Date
2017
Source
FAO, FAOLEX
Source d'origine
El Peruano, 5 de abril de 2017.
Sujet
Alimentation et nutrition
Mot clé
Procédures judiciaires/procédures administratives Équité Sécurité alimentaire Cour/tribunaux
Aire géographique
Amazone, Amériques, États Andean, Pacifique du Est, Amérique latine et Caraïbes, Amérique du Sud, Pacifique du Sud-Est
Résumé

La presente Ley modifica el Artículo 481 del Código Civil con la finalidad de incorporar en las Resoluciones Judiciales sobre pensiones alimentarias el criterio del aporte por trabajo doméstico no remunerado, en los siguientes términos: “Artículo 481.- Criterios para fijar alimentos Los alimentos se regulan por el juez en proporción a las necesidades de quien los pide y a las posibilidades del que debe darlos, atendiendo además a las circunstancias personales de ambos, especialmente a las obligaciones que se halle sujeto el deudor. El juez considera como un aporte económico el trabajo doméstico no remunerado realizado por alguno de los obligados para el cuidado y desarrollo del alimentista, de acuerdo a lo señalado en el párrafo precedente. No es necesario investigar rigurosamente el monto de los ingresos del que debe prestar los alimentos”.

Texte intégral
Espagnol
Site web
www.elperuano.com.pe