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Ley Nº 3016 – Ley de trashumancia.

Pays/Territoire
Argentine
Sous-division territoriale
Neuquén
Type du document
Législation
Date
2016
Source
FAO, FAOLEX
Sujet
Bétail, Terre et sols
Mot clé
Pastoralisme Régime foncier Servitude Droits traditionnels/droits coutumiers Droit d'usage Pâturage Institution Infractions/sanctions Petits exploitants/paysans Agriculture familiale Patrimoine culturel
Aire géographique
Amériques, Amérique latine et Caraïbes, Amérique du Sud, Atlantique Sud
Résumé

El objeto de la presente Ley es garantizar el derecho de las familias trashumantes de la Provincia del Neuquén a transitar con su ganado por las huellas de arreo, para trasladarse de las zonas de invernada a las de veranada y viceversa, en trashumancia, conservando el ambiente y respetando el patrimonio natural y cultural de la zona. La Ley introduce normas para establecer los criterios de creación, delimitación, modificación, gestión y protección administrativa de las huellas de arreo, y además define el ejercicio de los usos compatibles y complementarios a las huellas de arreo, articulando derechos y obligaciones de los usufructuarios. La Ley crea la Comisión de Huellas de Arreo (CHA), que será responsable, entre otros aspectos, de: proponer, a la autoridad de aplicación, programas, proyectos o normativas relacionadas con las familias trashumantes y las huellas de arreo; colaborar con la autoridad de aplicación en la elaboración y difusión de campañas de promoción de las actividades de trashumancia; asesorar a los distintos organismos vinculados con la seguridad vial, en materia de señalización y operativos; intervenir en las modificaciones de las huellas de arreo. Los artículos 28-33 establecen el régimen sancionatorio.

Texte intégral
Espagnol
Site web
www.jusneuquen.gov.ar