Ley Nº 223 - Ley de Fomento para la industria del cuero, calzado y similares. Pays/Territoire Nicaragua Type du document Législation Date 1996 Source FAO, FAOLEX Source d'origine La Gaceta Nº 149, 9 de agosto de 1996. Sujet Bétail Mot clé Sous-produits animaux Bovins Aire géographique Amériques, Amérique Centrale, Pacifique du Est, Amérique latine et Caraïbes, Pacifique du Nord-Est Résumé El Ministerio de Economía y Desarrollo es el organismo competente para autorizar la exportación de pieles semiprocesadas o cueros terminados producidos en el país o pieles en bruto sean frescas, saladas, secas, encaladas o piqueladas. Este organismo deberá garantizar el abastecimiento de pieles a las tenerías nacionales de acuerdo a las calidades y precios internacionales, estableciendo los requisitos, formularios y demás normativas. El Ministerio de Agricultura y Ganadería deberá desarrollar programas de asistencia a los ganaderos, con el fin de mejorar la calidad de las pieles y el mercado de las mismas en el país. Texte intégral Espagnol