Ley Nº 19.128 - Decláranse al mar territorial y a la zona económica exclusiva de la República “Santuario de Ballenas y Delfines”. Pays/Territoire Uruguay Type du document Législation Date 2013 Source FAO, FAOLEX Source d'origine Diario Oficial Nº 28.809, 27 de septiembre de 2013, pág. 7. Sujet Pêche, Espèces sauvages et écosystèmes Mot clé Pêche maritime Gestion et conservation des pêches Infractions/sanctions Protection des espèces Gestion/conservation Mammifères marins Aire géographique Amériques, Amérique latine et Caraïbes, Amérique du Sud, Atlantique Sud Résumé En virtud de la presente Ley se declara al mar territorial y a la zona económica exclusiva de la República Oriental del Uruguay Santuario de Ballenas y Delfines, quedando porhibidas las siguientes actividades, ya sean ejecutadas por embarcaciones de bandera nacional o extranjera: a) la persecución, caza, pesca, apropiación o sometimiento a proceso de transformación de cualquier especie de ballenas y delfines ; b) el transporte y desembarque de ballenas y delfines vivos, exceptuando los casos de interés científico y sanitario ; c) la retención, agresión o la molestia intencional que conduzca a la muerte de cualquier especie de ballenas y delfines. En caso de infracción, serán aplicables las sanciones establecidas por la Ley de Pesca. Texte intégral Espagnol