Ley Nº 137 - Prohíbe la caza, la comercialización y la industrialización del lobito de río o huillín. Pays/Territoire Argentine Type du document Législation Date 1994 Source FAO, FAOLEX Sujet Espèces sauvages et écosystèmes Mot clé Rongeurs Gestion/conservation Protection des espèces Aire géographique Amériques, Amérique latine et Caraïbes, Amérique du Sud, Atlantique Sud Résumé La presente Ley prohíbe en todo el ámbito de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, la caza por cualquier medio, la comercialización y la industrialización del lobito de río o huillín (nombre científico Lutra Provocax) y la nutria de mar o chungungo (nombre científico Lutra Felina). El régimen sancionatorio en caso de contravención será el establecido por la Ley Provincial Nº 55 de 1992. Texte intégral Espagnol