Ley Nº 1068 - Crea la Autoridad Nacional de Regulación Sanitaria (ANRS). Pays/Territoire Nicaragua Type du document Législation Date 2021 Source FAO, FAOLEX Source d'origine La Gaceta Nº 58, 24 de marzo de 2021. Sujet Environnement gén., Alimentation et nutrition, Eau Mot clé Institution Santé publique Normes environnementales Lutte contre la pollution Substances dangereuses Pesticides Normes Protection de l’environnement Procédures judiciaires/procédures administratives Nutrition Produits agricoles Contrôle de qualité alimentaire/innocuité des produits alimentaires Hygiène/procédures sanitaires Produits alimentaires traités Additifs alimentaires Pollution des eaux douces Eau potable Normes de qualité de l'eau Aire géographique Amériques, Amérique Centrale, Pacifique du Est, Amérique latine et Caraïbes, Pacifique du Nord-Est Résumé La presente Ley crea la Autoridad Nacional de Regulación Sanitaria (ANRS), adscrita al Ministerio de Salud y que será sucesor legal sin solución de continuidad de la Dirección General de Regulación para la Salud, establecida en el Decreto Nº 25-2006. La ANRS tendrá por objeto facilitar, regular, implementar, desarrollar y coordinar las políticas, leyes, reglamentos y normas relacionadas con las autorizaciones sanitarias, vigilancia, promoción, publicidad, control y fiscalización de: medicamentos (leche maternizada y sucedáneos de la leche materna), vacunas, biológicos, biotecnológicos; productos naturales medicinales y homeopáticos; alimentos y bebidas; suplementos nutricionales; dispositivos médicos y otras tecnologías vinculadas a la salud; todo lo relacionado con radiaciones ionizantes; sustancias químicas precursoras; productos cosméticos e higiénicos; tabaco y sus derivados. Así mismo, la regulación y control de donaciones, brigadas médicas extranjeras, insumos médicos y no médicos; regulación del ejercicio profesional en salud, auditorías sobre la calidad de atención del servicio en salud, establecimientos proveedores de servicios de salud, establecimientos farmacéuticos y no farmacéuticos, establecimientos alimentarios; establecimientos que presten servicios de desinfección, saneamiento estructural o habitacional con plaguicidas, sustancias tóxicas, peligrosas y otras similares; y otros que puedan tener impacto en la salud. Texte intégral Espagnol Site web www.asamblea.gob.ni