La presente Ley establece el marco normativo para el Distrito Federal en materia de mitigación de gases de efecto invernadero, adaptación al cambio climático y desarrollo sustentable. Esta Ley tiene por objeto: I. Garantizar el derecho de toda persona a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar; II. Definir los principios, criterios, instrumentos y órganos para la aplicación en la Política en la Ciudad de México en materia de cambio climático; III. Establecer la concurrencia de competencias, atribuciones y facultades de la Ciudad de México, sus dependencias, entidades y Alcaldías, a fin de que se apliquen de manera coordinada y concertada en todas las etapas de planeación, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas para la mitigación y adaptación al cambio climático; IV. Establecer las bases para desarrollar políticas públicas de la Ciudad de México y Alcaldías con criterios transversales en materia de resiliencia, mitigación y adaptación al cambio climático; V. Instrumentar los mecanismos que promuevan la participación informada, incluyente, equitativa, diferenciada, corresponsable, efectiva y solidaria de la sociedad en materia de resiliencia, mitigación y adaptación al cambio climático; VI. Asegurar que las acciones de mitigación y adaptación al cambio climático coadyuven al equilibrio de la biodiversidad, los ecosistemas y sus servicios, para proteger y mejorar la calidad de vida de la población;VII. Reducir el riesgo y las condiciones de vulnerabilidad de la población en zonas rurales y urbanas, de la infraestructura, de los sistemas productivos y de los ecosistemas, frente a los efectos adversos del cambio climático, mejorar su resiliencia,así como crear y fortalecer las capacidades locales de prevención, acción y respuesta; VIII. Fomentar una cultura ambiental ciudadana, por medio del acceso a información y promoción de la participación, que favorezca la transformación de patrones, hábitos y costumbres de producción y consumo, amigables con el medio ambiente y la sustentabilidad; IX. Fomentar la educación, investigación, desarrollo y transferencia de tecnología, la innovación, comunicación y difusión en materia de resiliencia, mitigación y adaptación al cambio climático; X. Contribuir a frenar los procesos de deterioro ambiental, especialmente en las áreas con mayores condiciones de vulnerabilidad de la Ciudad de México, a través de la conservación de la biodiversidad, protección y aprovechamiento sustentable de los ecosistemas, conservación de suelos y gestión integral de los recursos hidrológicos; XI Diseñar políticas que contribuyan a la restauración de áreas degradadas y de los servicios de los ecosistemas, especialmente para aprovisionamiento de agua y alimentos; XII Promover la conservación y manejo sustentable de los ecosistemas de la Ciudad de México para reducir las emisiones por deforestación y degradación forestal y del suelo, así como para aumentar la captura de CyGEI y su almacenamiento en sumideros y reservorios, y XIII. Contribuir al cumplimiento de las obligaciones internacionales, así como las metas nacionales a mediano y largo plazo en materia de cambio climático.