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Directriz Nº 2-2018-MINAE ─ Directriz para la inversión de los fondos provenientes del Canon Ambiental por Vertidos.

Pays/Territoire
Costa Rica
Type du document
Règlement
Date
2018
Source
FAO, FAOLEX
Source d'origine
La Gaceta Nº 56, Alcance 66, 2 de abril de 2018.
Sujet
Eau
Mot clé
Lutte contre la pollution Royalties/redevances Procédures judiciaires/procédures administratives Principe pollueur-payeur Normes de qualité de l'eau Eaux usées/déversement Égouts Pollution des eaux douces
Aire géographique
Amériques, Amérique Centrale, Pacifique du Est, Amérique latine et Caraïbes, Pacifique du Nord-Est
Résumé

La presente Directriz para la inversión de los fondos provenientes del Canon Ambiental por Vertidos, dispone que según los porcentajes establecidos en el Decreto Nº 34431-MINAE-S, los fondos del Canon Ambiental por Vertidos, serán invertidos anualmente de la siguiente formna: 1) Para agua y disminución de descarga contaminante serán invertidos por la Dirección de Gestión de la Calidad Ambiental (DIGECA) del Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE), en acuerdos voluntarios de producción más limpia, asistencia técnica, elaboración de manuales de P+L e investigación, para reducir las cargas contaminantes vertidas, en coordinación con la Dirección de Agua; 2) Para financiar los gastos de administración del canon, será invertido por la Dirección de Agua del MINAE en las labores propias de su gestión relacionadas con la gestión del canon; 3) Para financiar los requerimientos de monitoreo de las fuentes emisoras, incluyendo la identificación de fuentes generadoras de efluentes, la toma de muestras de los vertidos, el análisis de laboratorio, estudios técnicos sobre la calidad del agua en los cuerpos de agua y otros aspectos referidos a la medición, estimación y control de las descargas, considerando tanto los requerimientos de equipo, adquisición de servicios, personal y materiales auxiliares como reactivos y similares, todo esto, a través de las entidades competentes del MINAE y Ministerio de Salud, en forma coordinada; 4) Para actividades de educación ambiental, enfocados en el ahorro del agua y prevención de la contaminación de la misma: buenas prácticas de uso y manejo del agua que generen una mejoría en su calidad; formas adecuadas para su tratamiento y disposición del agua residual tratada, prevención de la contaminación de los cuerpos de agua y el recurso hídrico en general, dirigidos a la población y demás usuarios del agua; 5) Para apoyar el financiamiento a inversiones de proyectos de alcantarillado sanitario y tratamiento de aguas residuales domésticas, será transferido por el MINAE a los entes prestatarios del servicio público de abastecimiento de agua y saneamiento, públicos o privados, autorizados por Ley o por Convenio de Delegación, para la ejecución de los proyectos seleccionados según el procedimiento de concurso público.

Texte intégral
Espagnol
Site web
www.gaceta.go.cr

Références - Législation

Implemente

Decreto Nº 34431-MINAE-S ─ Reglamento del canon ambiental por vertidos.

Législation | Costa Rica | 2008

Mot clé: Lutte contre la pollution, Royalties/redevances, Procédures judiciaires/procédures administratives, Substances dangereuses, Déchets dangereux, Redevances pour les eaux, Principe pollueur-payeur, Normes de qualité de l'eau, Eaux usées/déversement, Égouts, Élimination de déchets, Normes environnementales, Pollution des eaux douces, Normes, Protection de l’environnement

Source: FAO, FAOLEX