Decreto que regula el control de pesqueros de bandera nacional que operan fuera de aguas jurisdiccionales. Pays/Territoire Uruguay Type du document Règlement Date 2003 Source FAO, FAOLEX Sujet Pêche Mot clé Pêche maritime Pêche étrangère Collecte de données/déclarations Mise en application Navire de pêche Aire géographique Amériques, Amérique latine et Caraïbes, Amérique du Sud, Atlantique Sud Résumé El objetivo del presente Decreto es mantener un control efectivo de los buques pesqueros de bandera nacional, más allá de las aguas jurisdiccionales, a fin de velar por el cumplimiento de la normativa vigente. Los buques de pesca de bandera nacional que operen desde puertos extranjeros y desarrollen sus actividades fuera de las aguas jurisdiccionales, deberán reportar a la autoridad marítima, dentro de las 48 horas de arribo y despacho, la información que se detalla en el artículo 1º. Texte intégral Espagnol Site web www.presidencia.gub.uy