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Decreto por el que se declara área natural protegida, con el carácter de área de protección de flora y fauna, la región denominada Pico de Tancítaro, ubicada en los municipios de Tancítaro, Peribán de Ramos, Nuevo Parangaricutiro y Uruapan, en el Estado de Michoacán.

Pays/Territoire
Mexique
Type du document
Règlement
Date
2009
Source
FAO, FAOLEX
Source d'origine
Diario Oficial de la Federación, 19 de agosto de 2009.
Sujet
Environnement gén., Espèces sauvages et écosystèmes
Mot clé
Aire protégée Préservation de l'écosystème Zonage Lutte contre la pollution Gestion/conservation Faune sauvage Flore sauvage
Aire géographique
Amériques, Amérique Centrale, Pacifique du Est, Amérique latine et Caraïbes, Atlantique Nord, Pacifique Nord, Pacifique du Nord-Est
Résumé

El presente Decreto declara área natural protegida, con el carácter de área de protección de flora y fauna, la región denominada Pico de Tancítaro, cuya ubicación se detalla en el artículo 1º. El área queda dividida en las subzonas de protección y de uso restringido. Entre las actividades prohibidas cabe destacar las siguientes: a) verter o descargar contaminantes en el suelo, subsuelo y cualquier clase de cauce, vaso o acuífero, así como desarrollar cualquier actividad contaminante; b) interrumpir, rellenar, desecar o desviar flujos hidráulicos; c) realizar actividades cinegéticas, o de explotación y aprovechamiento de especies de flora y fauna silvestre y extracción de tierra de monte y su cubierta vegetal; d) introducir organismos genéticamente modificados; e) cambiar el uso del suelo; f) hacer uso de explosivos.

Texte intégral
Espagnol