Decreto Nº 766 - Cuota global anual de captura de la especie Camarón nailon. Pays/Territoire Chili Type du document Règlement Date 1997 Source FAO, FAOLEX Source d'origine Diario Oficial Nº 35.949, 26 de diciembre de 1997, pág. 4. Sujet Pêche Mot clé Pêche maritime Crustacés Allocation/quota Zone de pêche protégée Prises accessoires Gestion et conservation des pêches Animaux aquatiques Aire géographique Amériques, Pacifique du Est, Amérique latine et Caraïbes, Amérique du Sud, Atlantique Sud, Pacifique du Sud-Est Résumé El presente Decreto, que consta de 5 artículos, fija para el año 1998 una cuota anual de captura de Camarón nailon (Heterocarpus reedi) de 8 300 toneladas para ser capturada en el litoral comprendido entre el límite norte de la II y el límite sur de la VIII Región. Dispone, además, que en el caso de que la cuota autorizada sea extraída antes del término señalado, se deberán suspender las actividades extractivas correspondientes, entendiéndose que desde ese momento el recurso se encuentra en veda. Los excesos en la extracción se descontarán de la cuota autorizada para el período siguiente. Una vez completada la cuota global anual de captura del recurso, sólo se permitirá la extracción de esta especie como fauna acompañante de la pesca dirigida al Langostino amarillo (Cervimunida johni), que no podrá exceder de un 10 por ciento medido en peso de la captura total, en cada viaje de pesca. Texte intégral Espagnol