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Decreto Nº 765 - Cuotas globales anuales de captura para el recurso Merluza común en el área y períodos que indica.

Pays/Territoire
Chili
Type du document
Règlement
Date
1997
Source
FAO, FAOLEX
Source d'origine
Diario Oficial Nº 35.949, 26 de diciembre de 1997, pág. 3 y 4.
Sujet
Pêche
Mot clé
Pêche maritime Poissons marins Allocation/quota Zone de pêche protégée Périodes Gestion et conservation des pêches
Aire géographique
Amériques, Pacifique du Est, Amérique latine et Caraïbes, Amérique du Sud, Atlantique Sud, Pacifique du Sud-Est
Résumé

El presente Decreto, que consta de 5 artículos, fija para el año 1998 una cuota anual de captura de Merluza común (Merluccius gayi) de 82 500 toneladas para ser capturada por la flota industrial y por la flota artesanal. Dispone, además, que en el caso de que la cuota autorizada sea extraída antes del término señalado, se deberán suspender las actividades de pesca industriales o artesanales, entendiéndose que desde ese momento el recurso se encuentra en veda. Una vez completada la cuota global anual de captura del recurso, sólo se permitirá la extracción de esta especie como fauna acompañante de la pesca dirigida al Camarón nailon (Heterocarpus reedi), Langostino colorado (Pleuroncodes monodon), Langostino amarillo (Cervimunida johni) y Merluza del sur (Merluccius australis), que no podrá exceder de un 5 por ciento medido en peso de la captura total de la especie objetivo, en cada viaje de pesca.

Texte intégral
Espagnol