Decreto Nº 763 - Cuotas globales de captura para el recurso Merluza del sur en las unidades de pesquería y períodos que indica. Pays/Territoire Chili Type du document Règlement Date 1997 Source FAO, FAOLEX Source d'origine Diario Oficial Nº 35.949, 26 de diciembre de 1997, págs. 2 y 3. Sujet Pêche Mot clé Pêche maritime Poissons marins Allocation/quota Zone de pêche protégée Périodes Gestion et conservation des pêches Aire géographique Amériques, Pacifique du Est, Amérique latine et Caraïbes, Amérique du Sud, Atlantique Sud, Pacifique du Sud-Est Résumé El presente Decreto, que consta de 5 artículos, fija para el año 1998 una cuota anual de captura de Merluza del sur (Merluccius australis) de 8 400 toneladas para la unidad de pesquería norte y de 5 400 toneladas para la unidad de pesquería sur. Dispone, además, que en el caso de que la cuota autorizada sea extraída antes del término señalado, se deberán suspender las actividades de pesca industriales o artesanales, entendiéndose que desde ese momento el recurso se encuentra en veda. Una vez completada la cuota global anual de captura del recurso se podrán realizar actividades pesqueras extractivas sobre otras especies, permitiéndose la captura de Merluza del sur (Merluccius australis), sólo como fauna acompañante, que no podrá exceder de un 20 por ciento medido en peso de la captura total de la especie objetivo obtenida en cada viaje de pesca. Texte intégral Espagnol