Decreto Nº 638 - Ley de Pesca y Acuacultura Sustentables para el Estado de Oaxaca. Pays/Territoire Mexique Sous-division territoriale Oaxaca Type du document Législation Date 2011 Source FAO, FAOLEX Sujet Pêche Mot clé Pêche maritime Aquaculture Utilisation durable Peuples autochtones Gouvernance Renforcement des capacités Institution Participation du public Infractions/sanctions Souveraineté alimentaire Aire géographique Amériques, Amérique Centrale, Pacifique du Est, Amérique latine et Caraïbes, Atlantique Nord, Pacifique Nord, Pacifique du Nord-Est Résumé La presente Ley establece normas para para regular, fomentar y administrar el aprovechamiento y conservación de los recursos pesqueros y acuícolas en el territorio del Estado de Oaxaca y sus municipios. Sus objetivos específicos contemplan entre otros los siguientes: a) establecer y definir los principios para ordenar, fomentar y regular el manejo integral y el aprovechamiento sustentable de la pesca y la acuacultura en el Estado, considerando los aspectos sociales, tecnológicos, productivos, biológicos y ambientales; b) realizar convenios de coordinación y colaboración entre las distintas dependencias y organismos de la administración pública federal, estatal y municipal, relativa a los sectores pesqueros y acuícolas; c) promover el mejoramiento de la calidad de vida de los pescadores y acuacultores del Estado, a través de los programas que se instrumenten para el sector pesquero y acuícola, además de impulsar su organización, capacitación, concertación y mecanismos de participación; d) procurar y promover que a las comunidades y pueblos indígenas les sea respetado su derecho preferente sobre los recursos pesqueros y acuícolas de los lugares que ocupen y habiten. La Ley crea el Consejo Estatal de Pesca y Acuacultura y promueve la integración de los Consejos Municipales en las poblaciones con actividad pesquera o acuícola. Texte intégral Espagnol Site web www.congresooaxaca.gob.mx