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Decreto Nº 4.110 - Crea la Comisión Presidencial, con carácter permanente, denominada “Comité de Comercio Exterior”, la cual tendrá por objeto formular e implementar la política en materia de comercio exterior, fomento y promoción de las exportaciones, a fin de garantizar el bienestar de las venezolanas y los venezolanos y el incremento de la capacidad productiva nacional.

Pays/Territoire
Venezuela, Rép. bol. du
Type du document
Règlement
Date
2020
Source
FAO, FAOLEX
Source d'origine
Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 41.815, 5 de febrero de 2020.
Sujet
Général
Mot clé
Institution Commerce international Commerce/industrie/sociétés Mesures fiscales et de marché Questions de procédures
Aire géographique
Amazone, Amériques, Amérique latine et Caraïbes, Atlantique Nord, Amérique du Sud
Entry into force notes
Este Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
Résumé

El presente Decreto crea la Comisión Presidencial, con carácter permanente, denominada “Comité de Comercio Exterior”, la cual tendrá por objeto formular e implementar la política en materia de comercio exterior, fomento y promoción de las exportaciones, a fin de garantizar el bienestar de las venezolanas y los venezolanos y el incremento de la capacidad productiva nacional. El Comité tendrá las siguientes atribuciones propias y delegadas: Someter políticas y estrategias, generales y sectoriales en materia de comercio exterior, fomento y promoción de las exportaciones y ejecutarlas conforme a las instrucciones; Designar organismos ejecutores de políticas y estrategias; Emitir dictamen previo para el inicio de negociaciones de acuerdos y tratados internacionales en materia de comercio; Proponer la creación y eliminación de aduanas; Aprobar el Arancel de Aduanas; Proponer la creación de Zonas, Puertos o Almacenes libres o francos; Proponer normas de regulación de los almacenes aduaneros (in Bond); Fijar tasas y determinar las cantidades que deban pagar los usuarios de los servicios que preste la Administración Aduanera; Aumentar, rebajar o suprimir los gravámenes de importación, exportación o tránsito, para todas o algunas de las mercancías originarias, procedentes o destinadas a determinado país, países o personas, etc.

Texte intégral
Espagnol
Site web
pandectasdigital.blogspot.com