Ecolex Logo
Le portail au
droit de l'environnement
Résultats de la recherche » Législation

Decreto Nº 333 - Reglamenta sanitariamente el expendio de carnes y productos cárnicos en los distintos establecimientos del país y dicta otras disposiciones de carácter sanitario.

Pays/Territoire
Panama
Type du document
Règlement
Date
1997
Source
FAO, FAOLEX
Source d'origine
Gaceta Oficial Nº 23.356, 18 de agosto de 1997.
Sujet
Alimentation et nutrition
Mot clé
Hygiène/procédures sanitaires Viande Transformation/manutention Transport/dépôt Commerce intérieur Inspection Abattage Contrôle de qualité alimentaire/innocuité des produits alimentaires
Aire géographique
Amériques, Amérique Centrale, Pacifique du Est, Amérique latine et Caraïbes, Pacifique du Nord-Est, Pacifique du Sud-Est
Résumé

El presente Decreto aprueba el la reglamentación sanitaria del expendio de carnes y productos cárnicos en los distintos establecimientos del país y dicta otras disposiciones de carácter sanitario, el cual dispone que todo Establecimiento o Carnicería que se dedique al expendio de Carnes y Productos Cárnicos, debe cumplir con los siguientes requisitos: 1) Todo establecimiento para poder operar requiere de haber obtenido el Permiso de Operación Sanitario (POS) expedido por la Autoridad Sanitaria Competente; 2) Para optar por el Permiso de Operación Sanitario (POS), el interesado debe solicitarlo al Departamento de Higiene y Control de Alimentos de la Región de Salud respectiva y haber cumplido con lo estipulado en este Decreto, presentando toda la documentación exigida por la Autoridad Competente; 3) El POS tiene una duración de un año, a partir de su expedición; 4) El POS es intransferible y a cada local se le otorgará un número o código el cual debe mantenerse en un lugar visible al público; 5) El POS puede ser revocado por la Autoridad Sanitaria Competente cuando la misma compruebe en Inspecciones Oficiales que las condiciones del establecimiento ponen en peligro la salud del consumidor; 6) En el caso de Mercados Municipales o Privados, infraestructuras en forma colectiva, le corresponde a la Administración de dichos locales tramitar el Permiso de Operación Sanitario; 7) Cuando se trate de supermercados, minisuper o análogos, el POS será otorgado en forma separada, uno para el expendio de víveres y otro para el expendio de carnes y productos cárnicos.

Texte intégral
Espagnol
Site web
www.gacetaoficial.gob.pa

Références - Législation

Abrogé par

Decreto Nº 255 - Reglamenta sanitariamente el procesamiento, almacenamiento, distribución, expendio y transporte de carnes y productos cárnicos de origen nacional y de importación en los distintos establecimientos del país.

Législation | Panama | 2019

Mot clé: Hygiène/procédures sanitaires, Viande, Transformation/manutention, Transport/dépôt, Commerce intérieur, Inspection, Abattage, Contrôle de qualité alimentaire/innocuité des produits alimentaires

Source: FAO, FAOLEX