Decreto Nº 311/2020 – Dispone la Abstención de corte de Servicios en caso de mora o falta de pago. Pays/Territoire Argentine Type du document Règlement Date 2020 Source FAO, FAOLEX Source d'origine Boletín Oficial Nº Nº 34.338, 25 de marzo de 2020. Sujet Énergie, Eau, Général Mot clé Santé publique Évaluation/gestion des risques Sécurité alimentaire Financement Subvention/incitation Conservation de l'énergie/production de l'énergie Royalties/redevances Approvisionnement en eau Eau potable Redevances pour les eaux Aire géographique Amériques, Amérique latine et Caraïbes, Amérique du Sud, Atlantique Sud Résumé En el marco de la emergencia sanitaria declarada por el Decreto Nº 260 de 2020, y con el fin de mitigar el impacto sobre la vida de la población causado por la pandemia de Coronavirus, este Decreto establece que las empresas prestadoras de, entre otros, los servicios de energía eléctrica, gas por redes y agua corriente, no podrán disponer la suspensión o el corte de los respectivos servicios a los usuarios indicados en el artículo 3°, en caso de mora o falta de pago, bajo las condiciones que se especifican. La medida alcanza también a las Entidades de Bien Público que contribuyan a la elaboración y distribución de alimentos en el marco de la emergencia alimentaria (art. 3). Texte intégral Espagnol Site web www.infoleg.gov.ar Références - Législation Implemente Decreto Nº 260/2020 - Amplíase la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley Nº 27.541, en virtud de la Pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19. Législation | Argentine | 2020 Mot clé: Santé publique, Protection sociale, Évaluation/gestion des risques, Quarantaine, Hygiène/procédures sanitaires, Sécurité alimentaire, Risques Source: FAO, FAOLEX