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Decreto N⁰ 659-21 - crea el Parque Nacional Loma Los Siete Picos, bajo la Categoría II de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza, ubicado en La Sierra de Yamasá, entre las provincias Santo Domingo, Monte Plata, San Cristóbal y Monseñor Nouel.

Pays/Territoire
République Dominicaine
Type du document
Règlement
Date
2021
Source
FAO, FAOLEX
Source d'origine
G. O. No. 11042 del 2 de noviembre de 2021.
Sujet
Espèces sauvages et écosystèmes
Mot clé
Parcs nationaux Biodiversité Préservation de l'écosystème Zone de conservation des eaux Développement durable Aire protégée
Aire géographique
Amériques, Caraïbes, Amérique latine et Caraïbes, Atlantique Nord, Petits états insulaires en développement
Résumé

Se crea el Parque Nacional Loma Los Siete Picos, bajo la categoría II de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (IUCN), en la Sierra de Yamasá, provincias Santo Domingo, Monte Plata, San Cristóbal y Monseñor Nouel, con el objetivo de proteger el conjunto ecosistémico, las nacientes fuentes acuíferas que garantizan el abastecimiento de agua al 48 % de la población dominicana, y la diversidad biológica y paisajística del entorno de la Loma Los Siete Picos. Se establecen los límites del área protegida. Se instruye al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, coordinar la preparación del Plan de Manejo del Parque Nacional Loma Los Siete Picos.

Texte intégral
Espagnol
Site web
consultoria.gov.do

Références - Législation

Amendé par

Decreto N⁰ 797-21 - Modifica el artículo 2 del Decreto N⁰ 659-21, que crea el Parque Nacional Loma Los Siete Picos, bajo la categoría II de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza, ubicado en la Sierra de Yamasá, la cual comprende las provincias Santo Domingo, Monte Plata, San Cristóbal y Monseñor Nouel.

Législation | République Dominicaine | 2021

Mot clé: Parcs nationaux, Biodiversité, Préservation de l'écosystème, Zone de conservation des eaux, Développement durable, Aire protégée

Source: FAO, FAOLEX