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Acuerdo por el que se establece una red de zonas de refugio pesquero en aguas marinas de jurisdicción federal ubicadas en las áreas de Banco Chinchorro y Punta Herrero en el Estado de Quintana Roo.

Pays/Territoire
Mexique
Type du document
Règlement
Date
2013
Source
FAO, FAOLEX
Source d'origine
Diario Oficial de la Federación, 12 de septiembre de 2013.
Sujet
Pêche
Mot clé
Pêche maritime Gestion et conservation des pêches Animaux aquatiques Plantes aquatiques Pêche non-commerciale Poissons cartilagineux
Aire géographique
Amériques, Amérique Centrale, Pacifique du Est, Amérique latine et Caraïbes, Atlantique Nord, Pacifique Nord, Pacifique du Nord-Est
Résumé

En virtud del presente Acuerdo se establecen varias Zonas de Refugio (aquellas delimitadas en el anexo I) en aguas marinas de jurisdicción federal ubicadas en las áreas de Banco Chinchorro y Punta Herrero en el Estado de Quintana Roo, en las que se encuentran algunas reservas de biosfera. En las Zonas de Refugio, no podrán llevarse a cabo actividades de pesca comercial, ni de consumo doméstico de especies de flora y fauna acuáticas, con excepción de algunas zonas donde sólo se permitirá la pesca de Langosta. Respecto a la pesca deportivo-recreativa, ésta únicamente podrá llevarse a cabo bajo la modalidad de captura y liberación.

Texte intégral
Espagnol