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Acuerdo por el que se establece la cuota de captura para el aprovechamiento de atún aleta azul (Thunnus orientalis) en aguas de jurisdicción federal de los Estados Unidos Mexicanos en el Océano Pacífico y en aguas marinas que se encuentran en el área deregulación de la Comisión Interamericana del Atún Tropical.

Pays/Territoire
Mexique
Type du document
Règlement
Date
2015
Source
FAO, FAOLEX
Source d'origine
Diario Oficial de la Federación, 2 de abril de 2015.
Sujet
Pêche
Mot clé
Pêche maritime Poissons marins Volume admissible de captures Pêche non-commerciale
Aire géographique
Amériques, Amérique Centrale, Pacifique du Est, Amérique latine et Caraïbes, Atlantique Nord, Pacifique Nord, Pacifique du Nord-Est
Entry into force notes
Este Acuerdo entró en vigencia el 2 de abril de 2015.
Résumé

El presente Acuerdo fija una cuota de captura total para la pesca de atún aleta azul de 3.000 toneladas para el año 2015 y 3.000 toneladas para el año 2016. El Acuerdo se basa en la Resolución C-14-06 de la Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT). Por otro lado se dispone que las actividades de pesca deportivo-recreativa sobre atún aleta azul podrán efectuarse solamente en la modalidad de "captura y libera", quedando prohibida la retención a bordo de cualquier ejemplar.

Texte intégral
Espagnol
Site web
dof.mx