Acuerdo Nº 788 - NTE INEN 1 533 sobre requisitos para el transporte de gas licuado de petróleo (GLP) en vehículos cisterna. Pays/Territoire Équateur Type du document Règlement Date 2005 Source FAO, FAOLEX Source d'origine Registro Oficial Nº 127, 18 de cotubre de 2005. Sujet Énergie Mot clé Gaz naturel Transport/dépôt Aire géographique Amazone, Amériques, États Andean, Pacifique du Est, Amérique latine et Caraïbes, Amérique du Sud, Pacifique du Sud-Est Résumé El presente Acuerdo oficializa con el carácter de obligatoria la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 1 533 (Prevención de incendios. Requisitos para el transporte de gas licuado de petróleo (GLP) en vehículos cisterna (Tanqueros)), que establece los requisitos que deben cumplir los vehículos cisterna (tanqueros), mayores a 10 m3 de capacidad, destinados al transporte de gas licuado de petróleo (GLP) bajo presión, con el fin de prevenir incendios y salvaguardar la seguridad del personal operativo y público en general que puede estar involucrado. Texte intégral Espagnol