Acuerdo Nº 508 - NSR 67.00.114:99 sobre maíz en grano entero congelado rápidamente. Pays/Territoire El Salvador Type du document Règlement Date 2000 Source FAO, FAOLEX Source d'origine Diario Oficial Nº 165, 5 de septiembre de 2000, págs. 18-22. Sujet Alimentation et nutrition Mot clé Contrôle de qualité alimentaire/innocuité des produits alimentaires Céréales/grains/riz Transformation/manutention Additifs alimentaires Emballage/étiquetage Produits agricoles Aire géographique Amériques, Amérique Centrale, Pacifique du Est, Amérique latine et Caraïbes, Pacifique du Nord-Est Résumé El presente Acuerdo aprueba la Norma Salvadoreña Recomendada sobre el maíz en grano entero congelado rápidamente. Esta norma se aplicará al maíz dulce en grano entero congelado rápidamente de la especie Zea Mays L. convar. saccharata Koern (de las variedades blanca o amarilla, al que se le ha quitado las brácteas y las barbas), destinado al consumo directo sin ulterior elaboración, excepto un nuevo envasado, si éste fuese necesario. No se aplicará el producto cuando se indique que está destinado a una ulterior elaboración o para otros fines industriales. El proceso de congelación deberá efectuarse de tal forma que la zona de temperatura de cristalización máxima se pase rápidamente. El proceso de congelación rápida no deberá considerarse completo hasta que, una vez lograda la estabilización térmica, el producto no haya alcanzado, en el centro térmico, una temperatura de -18° C (0°F). Texte intégral Espagnol