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Acuerdo Nº 23-2018 ─ Amplía el plazo de vigencia del Acuerdo Nº 31-2012, que restringe por un año las exportaciones de pieles de bovinos en bruto, frescas o saldas, secas, o conservadas de otro modo, pero sin curtir, apergaminar ni preparar de otra forma.

Pays/Territoire
Nicaragua
Type du document
Règlement
Date
2018
Source
FAO, FAOLEX
Source d'origine
La Gaceta Nº 238, 7 de diciembre de 2018.
Sujet
Bétail
Mot clé
Bovins Commerce international Sous-produits animaux
Aire géographique
Amériques, Amérique Centrale, Pacifique du Est, Amérique latine et Caraïbes, Pacifique du Nord-Est
Résumé

El presente Acuerdo amplía por un año, hasta el 12 de noviembre del año 2019, el plazo de vigencia del Acuerdo N° 31-2012, continuando vigentes las disposiciones, procedimientos y mecanismos de operación establecidas en el mismo. El presente Acuerdo podrá ser modificado por el Ministerio de Fomento, Industria y Comercio (MIFIC), tomando en cuenta las necesidades de abastecimiento, el avance de la producción nacional de cuero y artículos de cuero, y las políticas que deben adoptarse para continuar el desarrollo de esta rama de actividad en sus diferentes ámbitos.

Texte intégral
Espagnol
Site web
www.asamblea.gob.ni

Références - Législation

Amende

Acuerdo Nº 31-2012 ─ Restringe por un año las exportaciones de pieles de bovinos en bruto, frescas o saldas, secas, o conservadas de otro modo, pero sin curtir, apergaminar ni preparar de otra forma.

Législation | Nicaragua | 2012

Mot clé: Bovins, Commerce international, Sous-produits animaux

Source: FAO, FAOLEX