Zona de refugio para ballenas y ballenatos. País/Territorio México Tipo de documento Reglamento Fecha 1971 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Diario Oficial de la Federación, 14 de enero de 1972, pág. 4. Materia Especies silvestres y ecosistemas Palabra clave Zona protegida Mamíferos marinos Área marina Infracciones/sanciones Áreas marinas protegidas Área geográphica Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Atlántico Norte, Pacífico Norte, Pacífico Nordeste Resumen El Decreto declara zona de refugio las aguas del área de la Laguna Ojo de Liebre, al sur de la Bahía de Sebastián Vizcaino en el litoral del Oceano Pacífico, territorio de Baja California. Texto completo Español