Sistema general para la expedición de permisos de pesca comercial. País/Territorio México Tipo de documento Reglamento Fecha 1990 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Diario Oficial de la Federación Nº 1, 1º de octubre de 1990, págs. 28-33. Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Embarcación de pesca Aparejos de pesca/métodos de pesca Pesca por extranjeros Autorización de pesca Manejo y conservación pesquera Autorización/permiso Área geográphica Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Atlántico Norte, Pacífico Norte, Pacífico Nordeste Resumen El presente Acuerdo tiene por finalidad reglamentar la pesca comercial y establecer principalmente un procedimiento para la expedición de permisos de pesca. Estos permisos varían en función del tamaño del barco de pesca (art. 3º) y son requeridos para todas las especies enumeradas en el acuerdo (art. 2º). En el artículo 4º se indican las condiciones que rigen la expedición de tales permisos y que se refieren principalmente a la forma y al contenido de la solicitud, a la nacionalidad del solicitante (persona física o jurídica), a la inscripción en el Registro nacional de la pesca de las embarcaciones, equipos y artes de pesca, etc. El procedimiento correspondiente se describe en los artículos 5º y 6º. A continuación se indican: el contenido del permiso otorgado (art. 7º), los derechos de los titulares de permiso de pesca (art. 9º) y las obligaciones a las que los mismos están sujetos (art. 10(1)-(4)), así como la duración (art. 9º), la transferencia y la renovación de dichos permisos (art. 10(5)-(6)). Se prohíben ciertos actos, como verter sustancias que dañen las especies de flora y fauna acuáticas y utilizar ciertos artes de pesca en determinadas zonas (art. 10(8)). Por último, los gobiernos extranjeros no podrán ser titulares de permisos de pesca ni constituir a su favor derecho alguno sobre tales permisos (art. 10(9)). Texto completo Español