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Resolución Núm. 436 exenta – Fija exigencias sanitarias para la internación de anfibios para laboratorios de investigación o diagnóstico y para centros de exhibición a Chile.

País/Territorio
Chile
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2020
Fuente
FAO, FAOLEX
Materia
Especies silvestres y ecosistemas
Palabra clave
Anfibios Sanidad animal Plagas/enfermedades Comercio internacional Cuarentena Fauna silvestre
Área geográphica
Americas, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur, Pacífico Sudeste
Resumen

Los anfibios que se importen al país deberán venir amparados por un certificado sanitario oficial otorgado por la autoridad sanitaria competente del país de origen. El certificado deberá estipular el país y la especie, datos del exportador y del establecimiento de procedencia, la identificación de los animales (especie, sexo, edad, identificación), el consignatario y la identificación del medio de transporte. Asimismo deberá acreditar el cumplimiento de las exigencias sanitarias especificadas en esta Resolución.

Texto completo
Español
Página web
www.leychile.cl