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Resolución Nº ARCONEL-042/18 ─ Regulación para Generación fotovoltaica para autoabastecimiento de consumidores finales de energía eléctrica.

País/Territorio
Ecuador
Tipo de documento
Miscelanea
Fecha
2018
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Registro Oficial, Edición Especial Nº 783, 22 de febrero de 2019.
Materia
Energía
Palabra clave
Energía renovable Normas sobre calidad ambiental Autorización/permiso Normas Entidad no gubernamental Comercio interior Protección del medio ambiente
Área geográphica
Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste
Resumen

La presente Resolución emite la Regulación Técnica para la Generación fotovoltaica para autoabastecimiento de consumidores finales de energía eléctrica, que establece las condiciones para el desarrollo, implementación y participación de consumidores que cuenten con sistemas de microgeneración fotovoltaica -μSFV- hasta 100kW de capacidad nominal instalada, ubicados en techos, superficies de viviendas o en edificaciones para las categorías residencial y general determinados en el pliego tarifario en bajo o medio voltaje. El Sistema de microgeneración fotovoltaica μSFV, es el conjunto de equipos, compuesto generalmente por paneles fotovoltaicos, inversores, reguladores de carga y con o sin baterías o sistemas acumuladores, que permiten la captación de la energía solar para su conversión en energía eléctrica. Para efectos de aplicación de esta regulación, se determina que los sistemas fotovoltaicos de baja capacidad podrán tener una capacidad nominal instalada de hasta 100 kW y podrán trabajar en sincronismo con la red de distribución.

Texto completo
Español
Página web
www.registroficial.gob.ec

Referencias - Legislación

Enmienda

Resolución Nº ARCONEL-005/15 ─ Modelo de factura para el pago de los servicios públicos de energía eléctrica y alumbrado público general.

Legislación | Ecuador | 2015

Palabra clave: Conservación de energía/producción de energía, Comercio interior, Derechos/cánones

Fuente: FAO, FAOLEX