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Resolución Nº 988/008 - Prohíbase la pesca con redes de enmalle en todos los ríos y arroyos del territorio nacional, autorizándose para la pesca artesanal únicamente las artes de pesca que se determinan.

País/Territorio
Uruguay
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2008
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Diario Oficial Nº 27.616, 20 de noviembre de 2008, pág. 761-A.
Materia
Pesca
Palabra clave
Pesca continental Aparejos de pesca/métodos de pesca Pesca artesanal Manejo y conservación pesquera
Área geográphica
Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur
Resumen

La presente Resolución prohíbe la pesca con redes de enmalle en todos los ríos y arroyos del territorio nacional (a excepción de los especificados en el artículo 2º). Quedan autorizadas para la pesca artesanal únicamente las siguientes artes de pesca: palangres, espineles, líneas de mano, anzuelos u otras que sean especialmente autorizadas por la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos del Ministerio de Ganadería,Agricultura y Pesca.

Texto completo
Español