Resolución Nº 871 - Requisitos de ingreso de frutos frescos de sandía y melón desde Estados Unidos de Norteamérica. País/Territorio Chile Tipo de documento Reglamento Fecha 2000 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Diario Oficial, 4 de abril de 2000. Materia Cultivos Palabra clave Protección vegetal Higiene/procedimientos sanitarios Frutas/nueces comestibles Comercio internacional Plagas/enfermedades Área geográphica Americas, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur, Pacífico Sudeste Resumen La presente Resolución establece que para su ingreso al país los frutos frescos para consumo de sandía (Citrullus lanatus) y melón (Cucumis melo) producidos en Estados Unidos de Norteamérica, deberán venir amparados por un certificado fitosanitario oficial del país de origen, en el cual se deberá indicar como declaración adicional que el envío se encuentra libre de Diaphania hyalinata (Lep: Pyralidae). Texto completo Español