Resolución Nº 855/03 - Aprueba los requerimientos exigidos para la habilitación de las exportaciones de peces vivos. País/Territorio Paraguay Tipo de documento Reglamento Fecha 2003 Fuente FAO, FAOLEX Materia Pesca Palabra clave Peces de agua dulce Comercio internacional Transporte/depósito Área geográphica Americas, Naciones en desarrollo sin litoral, América Latina y el Caribe, América del Sur Resumen Por la presente Resolución se establece que, a fin de exportar peces vivos, será necesario cumplir con los requisitos indicados en los artículos 29, 30, 38 y 41 del Decreto Nº 15.487/96, que reglamenta la Ley Nº 799/96 “De Pesca”. En particular, los peces vivos podrán transportarse en bolsas de polietileno, cajas y bidones o tambores en condiciones que aseguren su supervivencia. Texto completo Español Referencias - Legislación Implementa Decreto Nº 15.487/96 - Reglamenta la Ley Nº 799/96, Ley de Pesca. Legislación | Paraguay | 1996 Palabra clave: Pesca continental, Institución, Autorización de pesca, Acuicultura, Registro, Fondo especial, Especies exóticas, Comercio internacional, Inspección, Peces de agua dulce, Talla, Aparejos de pesca/métodos de pesca, Comercio interior, Infracciones/sanciones, EIA, Manejo y conservación pesquera, Autorización/permiso Fuente: FAO, FAOLEX