Resolución Nº 8 - Establece medidas de administración para las especies salmónidas en Río Petrohué y Lago Todos Los Santos. País/Territorio Chile Tipo de documento Reglamento Fecha 2009 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Diario Oficial Nº 39.515, 19 de noviembre de 2009, pág. 3. Materia Pesca Palabra clave Pesca continental Zona de pesca Aparejos de pesca/métodos de pesca Volumen admisible de captura Pesca no-comercial Manejo y conservación pesquera Área geográphica Americas, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur, Pacífico Sudeste Resumen La presente Resolución establece las condiciones para el ejercicio de la pesca recreativa en el Río Petrohué y Lago Todos los Santos, incluyendo los ríos y arroyos efluentes y afluentes, ubicado en la X Región, entre el 13 de noviembre de 2009 y el primer domingo de mayo de 2010, ambas fechas inclusive, con particular atención a las especies salmónidas. Dichas condiciones incluyen la captura máxima permisible de ciertas especies y la prohibición del uso de ciertas artes y métodos de pesca. Texto completo Español