Resolución Nº 787 - Incorpora a nómina establecida por Resolución Nº 1.856 de 1997, las sustancias aditivas que señala. País/Territorio Chile Tipo de documento Reglamento Fecha 2001 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Diario Oficial, 12 de abril de 2001. Materia Ganado Palabra clave Alimentos para animales/piensos Medicamentos Sanidad animal Área geográphica Americas, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur, Pacífico Sudeste Resumen La presente Resolución incorpora en la nómina de aditivos establecidos por Resolución Nº 1.856 de 1997, los manano oligosacáridos para la alimentación de cerdos, aves, bovinos, peces (salmones y truchas), equinos, caninos y felinos, y el cromo orgánico en alimentos para cerdos, aves y bovinos (durante parto e inicio y término de lactancia). Texto completo Español Referencias - Legislación Enmienda Resolución Nº 1.856 - Nómina y proporción de aditivos autorizados para la fabricación de alimentos para animales. Legislación | Chile | 1997 Palabra clave: Alimentos para animales/piensos, Normas Fuente: FAO, FAOLEX Revocado por Resolución Nº 1.992 – Nómina de aditivos autorizados para la elaboración y fabricación de alimentos y suplementos para animales. Legislación | Chile | 2006 Palabra clave: Alimentos para animales/piensos, Normas Fuente: FAO, FAOLEX