Resolución Nº 74 - Programa Nacional Sanitario de Prevención y Control de Rabia Bovina. País/Territorio Ecuador Tipo de documento Reglamento Fecha 2016 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Registro Oficial Nº 761, 24 de mayo de 2016. Materia Ganado Palabra clave Institución Sanidad animal Bovinos Higiene/procedimientos sanitarios Plagas/enfermedades Sistema de alerta temprana Vacunación Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen La presente Resolución adopta el Programa Nacional Sanitario de Prevención y Control de Rabia Bovina, causada por un virus que pertenece a la familia Rhabdoviridae, género Lyssavirus. Desde el punto de vista epizooetiológico, la Rabia se presenta en dos ecosistemas: la Rabia Canina o Urbana y la Rabia Silvestre o de los Herbívoros. La Rabia Bovina es una forma clínica particular de la Rabia Silvestre o de los Herbívoros, que afecta a los bovinos y se caracteriza por ser una enfermedad transmisible, zoonótica, de evolución aguda y letal, con trastornos evidentes de conducta, excitabilidad nerviosa y predominio de signos paralíticos. El principal transmisor de la Rabia Bovina es el murciélago hematófago de la especie Desmodus rotundus, una especie que abunda en regiones de explotación pecuaria. Texto completo Español Página web www.registroficial.gob.ec Referencias - Legislación Implementado por Resolución Nº 144 - Manual de Procedimientos para la Prevención y Control de Rabia Bovina en el Ecuador. Legislación | Ecuador | 2016 Palabra clave: Institución, Sanidad animal, Bovinos, Higiene/procedimientos sanitarios, Plagas/enfermedades, Sistema de alerta temprana, Vacunación Fuente: FAO, FAOLEX