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Resolución Nº 731/2010 - Establécese que todo transporte de carga, que egrese de las desmotadoras y centros de acopio de algodón, deberá ser desinsectado contra la plaga del Picudo del Algodonero.

País/Territorio
Argentina
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2010
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Boletín Oficial Nº 32.009, 18 de octubre de 2010.
Materia
Cultivos
Palabra clave
Protección vegetal Plagas/enfermedades Desinfección/desinfestación Plantas textiles/fibras Cultivos/praderas
Área geográphica
Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur
Resumen

En virtud de la presente Resolución, queda establecido que el transporte de carga vacío (en lastre) que egrese de las desmotadoras y centros de acopio de algodón en bruto deberá ser desinsectado contra la plaga del Picudo del Algodonero.

Texto completo
Español
Página web
www.infoleg.gov.ar