Resolución Nº 7/2013 - Sustitúyese el artículo 7º del anexo de la Resolución Nº 4 de 2013, Medidas de Manejo de Condrictios. País/Territorio Argentina Tipo de documento Reglamento Fecha 2013 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Boletín Oficial Nº 32.700, 13 de agosto de 2013, pág. 44. Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Peces marinos Capturas incidentales Peces cartilaginosos Protecíon de las especies Manejo y conservación pesquera Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Resumen En virtud de la presente Resolución se modifica el artículo 7º del anexo de la Resolución Nº 4 de 2013 (Medidas de Manejo de Condrictios) en el sentido de establecer límite máximo de desembarque de rayas, tiburones y pez gallo (Callorhynchus callorhynchus), en conjunto, equivalente al 50 por ciento del total de las especies capturadas por marea. Texto completo Español Página web www.infoleg.gov.ar Referencias - Legislación Enmienda Resolución Nº 4/2013 - Medidas de Manejo de Condrictios. Legislación | Argentina | 2013 Palabra clave: Pesca marítima, Peces marinos, Capturas incidentales, Peces cartilaginosos, Protecíon de las especies, Manejo y conservación pesquera Fuente: FAO, FAOLEX Revocado por Resolución 8/21 – Apruébanse las medidas de manejo de condrictios que indica. Legislación | Argentina | 2021 (2022) Palabra clave: Pesca marítima, Peces cartilaginosos, Protecíon de las especies, Manejo y conservación pesquera, Aparejos de pesca/métodos de pesca, Capturas incidentales Fuente: FAO, FAOLEX