Resolución Nº 7/2008 - Establécese un área de veda de verano para la especie merluza en el sector de la Zona Común de Pesca. País/Territorio Argentina Tipo de documento Reglamento Fecha 2008 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Boletín Oficial de la República Argentina Nº 31.559, 24 de diciembre de 2008. Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Manejo y conservación pesquera Zona de pesca Peces marinos Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Resumen Mediante la presente Resolución, la Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo establece un área de veda de verano para la especie merluza (Merluccius hubbsi) en el sector de la Zona Común de Pesca comprendido entre puntos geográficos que se detallan en el artículo 1º. Texto completo Español Página web www.infoleg.gov.ar