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Resolución Nº 686 - Mediante la cual se dictan las Normas para regular la actividad de cetrería en todo el Territorio Nacional.

País/Territorio
Venezuela, Rep. Boliv. de
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2019
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Gaceta Oficial Nº 41.620, 25 de abril de 2019.
Materia
Especies silvestres y ecosistemas
Palabra clave
Caza/captura Autorización/permiso Armas de caza/métodos de caza Autorización/permiso de caza Fauna silvestre Cría en ranchos/cría en cautividad
Área geográphica
Amazona, Americas, América Latina y el Caribe, Atlántico Norte, América del Sur
Entry into force notes
La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
Resumen

La presente Resolución tiene por objeto establecer las normas que regulan la actividad de cetrería como modalidad de caza con fines deportivos que emplea aves de presa adiestradas para capturar animales silvestres en el medio natural en todo el territorio nacional, incluyendo la obtención de pies de cría, la cría en cautiverio, la utilización de las aves con fines educativos, así como la tenencia y condiciones de cautiverio de los ejemplares de la fauna silvestre que se pretendan emplear para esta actividad. Se autoriza el uso de las siguientes especies para la cetrería en todo el territorio nacional: fauna silvestre de las familias Accipitridae (águilas y gavilanes), Falconidae (halcones), Tytonidae (lechuza) y Strigidae (búhos). El Ministerio del Poder Popular para el Ecosocialismo regulará la obtención de pies de cría de origen silvestre para la cría en cautiverio de aves de presa para la actividad de cetrería para lo cual evaluará cada solicitud de acuerdo a criterios técnicos específicos, que no pongan en peligro las poblaciones silvestres de estas especies, emitiendo la licencia correspondiente.

Texto completo
Español
Página web
pandectasdigital.blogspot.com