Resolución Nº 643/97/PE - Reinicio actividades de extracción y procesamiento de los recursos anchoveta en todo el litoral. País/Territorio Perú Tipo de documento Reglamento Fecha 1997 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original El Peruano Nº 6327, 23 de octubre de 1997, págs. 153783-152785. Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Asignación/cuota Temporadas Talla Mallas Capturas incidentales Peces marinos Manejo y conservación pesquera Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen La presente Resolución, que consta de 16 artículos, establece que a partir del día 25 de octubre de 1997 se inician las actividades de extracción y de procesamiento de los recursos anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) en todo el litoral, correspondiente al año biológico 1997-1998. El artículo 3º establece las siguientes cuotas de captura permisible.: 1 500 000 toneladas para la región norte-centro de anchoveta, y 500 000 toneladas para todo el litoral de anchoveta blanca. La extracción del recurso podrá ser destinado tanto a la actividad de consumo humano directo como de consumo humano indirecto. Texto completo Español