Resolución Nº 64 - Requisitos para obtener el Registro Pecuario de los Establecimientos de Acuicultura. País/Territorio Colombia Tipo de documento Reglamento Fecha 2016 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Diario Oficial Nº 49.755, 14 de enero de 2016. Materia Pesca Palabra clave Acuicultura Autorización/permiso Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos Registro Manejo y conservación pesquera Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen La presente Resolución tiene por objetivo establecer los requisitos para obtener el Registro Pecuario de los establecimientos de acuicultura ante el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA). Las presentes disposiciones serán aplicables a todas las personas naturales o jurídicas propietarias, poseedoras o tenedoras de establecimientos de acuicultura en el país. Los funcionarios del ICA en el ejercicio de las actividades de inspección, vigilancia y control que realicen tendrán el carácter de Inspectores de Policía Sanitaria, y gozarán del apoyo y protección de las autoridades civiles y militares para el cumplimiento de sus funciones. De todas las actividades relacionadas con el control oficial se levantarán actas que deberán ser firmadas por las partes que intervienen en ellas y de las cuales se dejará una copia a los interesados. Texto completo Español Página web www.imprenta.gov.co