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Resolución Nº 63/86 - Prohíbe la exportación, tránsito interprovincial y la comercialización en jurisdicción federal de ejemplares vivos o subproductos de felinos autóctonos.

País/Territorio
Argentina
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
1986
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Boletín Oficial del 14 de marzo de 1986.
Materia
Especies silvestres y ecosistemas
Palabra clave
Ordenación/conservación Comercio interior Comercio internacional Productos silvestres Protecíon de las especies
Área geográphica
Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur
Resumen

Por la presente Resolución queda prohibida la comercialización interna en jurisdicción federal, tráfico interprovincial y exportación de ejemplares vivos así como de sus subproductos pertenecientes a las especies de felinos autóctonos indicados en el artículo 1º. Por otro lado, la comercialización en jurisdicción federal de pieles o prendas confeccionadas con pieles provenientes de las especies citadas en el artículo 1º podrá realizarse durante un período de 180 días a partir de la publicación en el Boletín Oficial esta Resolución.

Texto completo
Español
Página web
www.medioambiente.gov.ar